Tributación
-
- Base imponible.
La base imponible podrá estar constituida, según cada tipo de juego, por:
a) Los ingresos brutos, definidos como el importe total de las cantidades que se dediquen a la participación en el juego, así como cualquier otro ingreso que se pueda obtener, directamente derivado de su organización o celebración.
b) Los ingresos netos, definidos como el importe total de las cantidades que se dediquen a la participación en el juego, así como cualquier otro ingreso que puedan obtener, directamente derivado de su organización o celebración, deducidos los premios satisfechos por el operador a los participantes. Cuando se trate de apuestas cruzadas o de juegos en los que los sujetos pasivos no obtengan como ingresos propios los importes jugados, sino que, simplemente, efectúen su traslado a los jugadores que los hubieran ganado, la base imponible se integrará por las comisiones, así como por cualesquiera cantidades por servicios relacionados con las actividades de juego, cualquiera que sea su denominación, pagadas por los jugadores al sujeto pasivo.
En las combinaciones aleatorias con fines publicitarios o promocionales, la base imponible será el importe total del valor de mercado de los premios ofrecidos o ventajas concedidas a los participantes.
En el caso de que el importe sea satisfecho a través de instrumentos de tarificación adicional, se considerará que la cantidad dedicada a la participación en el juego es el importe de la tarifación adicional, excluido el impuesto indirecto correspondiente. Se considerará que la tarifación adicional es el importe de la cantidad dedicada a la participación en el juego, excluido el coste de la llamada determinado de acuerdo al valor de mercado, cuando resulte de aplicación lo previsto en el artíc**o 16 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, sin que se consideren a estos efectos los impuestos indirectos que recaigan sobre las operaciones.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-9280&tn=1&p=20180704#preambulo-2
-
Hola todas las casas te dan un balance anual en este balance ya están incluidos bonos, en nuestro caso si el bono es liberado debemos tributarlo y en caso de perderlo ya tribura en la otra casa, no pueden hacen hacerte tributar por un bono que pierdes
la formula para declarar seria Cuenta_casa_1 = banca_fin + retiros – banca_inicio – depósitos.
y al final sumando o restando los importes de cada casa
Si a ti te dan un bono de 100 euros es cierto que tributa pero también es cierto que si lo pierdes tu balance en esa casa es -100, lo que no puede la agencia tributaria es obligarnos a tributar por un dinero de bono y no poder poderlo descontar en caso de perdida, Bueno poder puede pero cualquier juez llegado el caso le va decir que no
os lo pongo con un ejemplo
cuenta 1 bono 100 euros
cuenta 2 dinero real 100 euroscuenta 1 apuesta bono 100 euros a 2,5 pierde
cuenta 2 apuesta dinero real 100 a cuota 1,5 ganacuenta 1 ganancia bono 100 euros - perdida bono 100 euros su balance es 0
cuenta 2 ganancia dinero real 100*1.5 50 euros de ganancia real que si hay que tributarRepito en caso de que ese bono se pierda, como os dije cada casa tiene la obligación de daros su balance anual y como dice el compañero en ellos aparece el apartado bonos liberados, en mi caso pregunte a cada una de las casas por escrito si tal cantidad habia que incluirla y su respuesta es que no que ya va incluido en las ganancias y es a modo informativo, en mi caso guardo todos los balances anuales de cada año y la respuesta por escrito y a cada casa aplico la regla que mas arriba veis si algun dia hacienda me exigiera una paralela yo les presentaría esos cierres anuales y mi contestacion por escrito de cada casa donde deja claro que tales cantidades no hay que incluirlas
para las freebets es mas claro aun la freebet desaparece una vez apostada es de atraco a mano armada por parte del estado pretender que declaremos eso pongo un ejemplo
freebet de 100 apostada a cuota de 1,1 ganancia de 10 euros reales
si te hicieran declarar esa freebet y sus ganancias tendría que pagar a hacienda 23,1 euros osea perderías 13,1 eurosEsto es como antes de 2005 hacienda te hacia declarar las ganancias si poder descontar las perdidas un sistema a todas luces ilegal y quien llego a juicio al final es cierto después de muchos calvarios se le dio la razon
En resumen hay que declarar las ganancias si pero yo en mi caso si me dan un bono de 100 euros en pepito el cual pierdo no he perdido nada pero tampoco mi patrimonio se a incrementado en esa casa, y la declaración de la renta tiene como fin gravar un incremento de patrimonio y que me diga un inspector que incremento de patrimonio tengo yo en la casa de pepito
-
os cuelo por ejemplo respuesta de paston
Estimado Juan Miguel, En respuesta a tu consulta, te informamos de que tu cálculo es correcto. Para calcular las ganancias finales debes sumar tu balance inicial y las retiradas realizadas y, a la totalidad de ese cálculo, restarle el balance inicial y los depósitos que has realizado. En tu caso concreto, el cálculo para el 2018 sería: (20,30+1680,67) - (0+886,10) = 814,87 En referencia al cálculo del bono dentro de la totalidad de ganancias / pérdidas, informarte de que todos los bonos están ya en su correspondiente apartado y, en el caso de nuestro resumen anual, esa columna es simplemente informativa. Por lo tanto, en la fórmula que nos indicas, sí que se incluyen. Si tienes cualquier duda o consulta, puedes ponerte en contacto con nosotros en el Chat en vivo de PASTÓN.es o a través del teléfono 900 26 42 41 de Lunes a Domingo de 09:00 a 00:00. Atentamente, Servicio de Atención al Cliente
-
repito preguntar en cada casa de apuestas por correo para tener contestación por escrito y en caso de ser asi aplicad la formula descrita
En caso de que una casa os sea ambigua insistid y si no quieren contestar guardaros el correo en caso de que hacienda ponga problema es tan sencillo como decirles mire yo también tenia esta duda y la casa me contesto estoEs la casa quien tiene la olbigacion de facilitaros esa información y deciros a ciencia cierta si lo bonos van incluidos, no tienen obligación de deciros si los bonos deben tributar o no ni ningún tema de fiscalidad pero si estan obligados a daros datos correctos y certeros para que la declaración sea correcta, y en caso de darlos incorrectos, nosotros debemos demostrar a hacienda que no somos culpables pues no hemos tenido intención alguna de ocultar nada y es la casa la responsable de tal equivocacion
-
Muchas gracias, yo estoy pidiendo el balance en todas. Este hilo creo que es muy importante para que todos lo tengamos claro. Un saludo y muchas gracias por participar.
-
recordar todos no solo pedir el balance si no pediros mediante correos que os especifiquen si los bonos liberados van incluidos en la liquidacion o hay que calcularlos aparte y guardar esos correos por que son vuestro salvoconducto con hacienda, también ayudaría que el @david poder crear un hilo con una lista y poder marcar que casa lo incluyen y cuales no
-
@Pikachutron dijo en Tributación:
a) Los ingresos brutos, definidos como el importe total de las cantidades que se dediquen a la participación en el juego, así como cualquier otro ingreso que se pueda obtener, directamente derivado de su organización o celebración. El problema es que los ingresos brutos es cualquiera que entre en tu cuenta. Neta sería el final... no sé.
-
@Pikachutron no ralles tu tienes que tributar por rendimientos de capital que repercurtan un incremento patrimonial
Dicho en cristiano las ganancias una vez restadas las pérdidasLa cual se calcula con la fórmula arriba mencionada
-
pues.....muchas gracias para dedicar vuestro tiempo a compartir estas informaciones!
-
Sí, lo he comprobado con los informes anuales. Las casas de apuestas te lo calculan automáticamente y te asignan los bonos liberados al balance final. Se verá algo repercutido el beneficio, pero bueno es mejor que la otra situación.
-
no se tiene que ver repercutido
Ten en cuenta que tu solo tributas por los bonos liberados y para liberar un bono tienes que perder ese dinero en otra casa de apuesta
si tu llevas un excell con todo es la misma cantidad
-
Me ha surgido una duda referente a hacienda teniendo cuenta en varios bookies. Pongamos que el bookie A da 500e de beneficio anual y el B 200e de perdidas. A hacienda le llegan los informes de los bookies por separado. Estamos seguros de que en tu balance anual hacienda resta de los beneficios en el bookie A las perdidas del B?
Gracias
-
Tengo la misma duda. Bueno, en realidad tengo 900 dudas y esa es una de ellas. Supongo que las pérdidas deberían ser tenidas en cuenta también. En una empresa el Beneficio = Ingresos - Gastos. En este caso debería ser similar, pero es una suposición. Alguno aquí lo sabe mejor seguro
-
las perdidas desde el 2005 se pueden computar
Ejemplocasa A +1000
casa b -500
casa c+1000ganancia a tributar 1500
es recomendable como dije pedir en cada casa un infome anual y calcular casa por casa y pedir un correo por escrito en la que digan si los bonos ya estan incluidos en las ganancias
-
Gracias!!!
-
hola buenas tendria una duda, si me dan un bono de 50 euros tengo que declararlo por que en realidad con el bono no es 50 euros de ganancia, sería por ejemplo unos 30 y si hacienda ya da por echo que he ganado 50 euros pierdo dinero sabes.entonces mi pregunta es: no podria coger el balance de mi casa de apuestas y mirar por ejemplo he ingresado 100 y tengo 300 en total contando que haya retirado significa que he ganado 200 por que he oído que los bonos se declaran y eso seria perder dinero para nostros
-
Este tema me recuerda al escenario de las cryptos.
Yo estoy metido en tema de bitcoins y precisamente ahora me planteo contratar un asesor financiero en el tema para que me indique como tributar con ellos para pagar lo justo y no hacer el pardillo pagando de más... :smiling_face_with_open_mouth_cold_sweat:
En cualquier caso seguiré este hilo y agradezco vuestra ayuda al respecto.
-
Yo aún no he hecho la declaración....pero he hecho el calculo ya de ganancias y lo tengo preparado. Lo he hecho así: Retiradas (200€) - Ingresos (150€) + Saldo Final (31 Dic.) (300€) - Saldo Inicial (1 Ene.) (0€) = Beneficio Neto (350€)
Nada de Bonos ni historias, ya viene reflejado en ganancias.
Yo ésta semana me pondré a realizar yo la declaración, Lo unico que no se aún son que casillas rellenar. Buscaré un poco (o si alguien lo sabe aquí, por favor que lo diga), y si no....a una gestoría.
-
Tengo una duda, se supone que si las ganancias netas anuales son inferiores a 1000€ no tenemos que declararlas. Pero si son superiores a 1000€ sí....
Mi duda es la siguiente, si alguien gana con las apuestas justo 1001€, por tanto se pasa un euro del limite y está obligado a declarar. En ese caso le toca tributar al 19% dicha cantidad:
19% x 1001€ = 190,19€ en impuestos
Pero la duda está en si ha de tributar eso o bien los primeros 1000€ están exentos... ¿¿?? Pues en ese caso tan solo tributaría por 1€ x 19% = 0,19€
Sé que es un caso extremo pero es para entender el concepto.
-
@Air81
Ayer hice la declaracion y me dijeron en hacienda que se trivuta desde el primer euro en apuestas y que no hay minimo exento.
Yo tengo un salario algo superior a 35k, por tsnto, al sumarse las ganancias en apuestas (casi 3k el año pasado) a mi sueldo, se me aplica un 37% a las ganancias de las apuestas (mas de mil euros). Me parece un sablazo de escándalo que promueve que me plantee si me salen rentables esas horas de dedicación. Me lo han incluido en la casilla correcta? (La 282). Os agradezco que compartais vuestros caso porque estoy realmente preocupado con el tema fiscal de apuestas.
Reglamento | Guía | Siguenos en Telegram España o Latinoamérica
Invita tus amigos y gana
© Copyright 2016-2024 NinjaBet